Cambio de Nombre o Propietario para Empresas Distribuidoras de Señales de Cable
La gestión del trámite es gratuita.
Para obtener la concesión, deberá cancelar el impuesto establecido en el Art. 16, de la Ley Reguladora del Uso y Captación de Señales Vía Satélite y su Distribución por Cable y su Reglamento.
Nota: sube tus documentos en formato PDF. Archivos no mayores de 10 megas cada uno.
Persona Individual
Los siguientes puntos indican las instrucciones para llenar el Formulario de “Persona Individual”:
- Nombre de Propietario como indica el Documento Personal de Identificación DPI de la persona solicitante.
- Ocupación u oficio a lo que se dedica, ejemplo: comerciante, agricultor, licenciado, etc.
- Nacionalidad vinculo jurídico que une a la persona con la nación a la que pertenece, ejemplo: guatemalteco, salvadoreño, cubano, etc.
- Lugar para recibir notificaciones es la dirección física donde se puede notificar a la persona interesada cualquier actuación dentro de su proceso.
- Dirección del inmueble donde estará instalada la estación terrena, se refiere al espacio físico donde se encuentra el equipo con el que transmite las señales de cable.
- Lugar donde se distribuirá la señal por cable se debe especificar los lugares de cobertura, con los que cuenta autorización municipal para distribuir la señal de cable.
- Nombre de Comercial debe ser exactamente como aparece en la patente de empresa emitida por el Registro Mercantil de Guatemala.
- Cantidad de suscriptores indicar la cantidad de usuarios a los que brinda el servicio de cable.
- Cantidad de canales que proporciona a los suscriptores, estos deben de coincidir con los canales autorizados en los contratos emitidos por los programadores.
NOTA: antes de vender, enajenar o arrendar cualquier estación terrena se necesita de la autorización previa de esta Unidad de Control y Supervisión según lo estipulado en el Decreto 41-92 en su artículo 9 literal “c”.
Persona Jurídica
Los siguientes puntos indican las instrucciones para llenar el Formulario de Persona Jurídica:
- Nombre de Propietario como indica el Documento Personal de Identificación DPI de la persona solicitante.
- Nombre de Comercial debe ser exactamente como aparece en la patente de empresa emitida por el Registro Mercantil de Guatemala.
- Denominación Social debe ser exactamente como aparece en la patente de Sociedad, emitida por el Registro Mercantil de Guatemala.
- Nombre del Representante Legal como indica el documento inscrito en el Registro Mercantil de Guatemala.
- Lugar para recibir notificaciones es la dirección física donde se puede notificar a la persona interesada cualquier actuación dentro de su proceso.
- Dirección del inmueble donde estará instalada la estación terrena, se refiere al espacio físico donde se encuentra el equipo con el que transmite las señales de cable.
NOTA: antes de vender, enajenar o arrendar cualquier estación terrena se necesita de la autorización previa de esta Unidad de Control y Supervisión según lo estipulado en el Decreto 41-92 en su artículo 9 literal “c”.