Ampliación de Cobertura para Empresas Distribuidoras de Señal por Cable

Persona Individual

Los siguientes puntos indican las instrucciones para llenar el Formulario de “Persona Individual”:

  • Nombre de Comercial debe ser exactamente como aparece en la patente de empresa emitida por el Registro Mercantil de Guatemala.
  • Nombre de Propietario como indica el Documento Personal de Identificación DPI de la persona solicitante.
  • Ocupación u oficio a lo que se dedica, ejemplo: comerciante, agricultor, licenciado, etc.
  • Nacionalidad vinculo jurídico que une a la persona con la nación a la que pertenece, ejemplo: guatemalteco, salvadoreño, cubano, etc.
  • Lugar para recibir notificaciones es la dirección física donde se puede notificar a la persona interesada cualquier actuación dentro de su proceso.
  • Dirección del inmueble donde estará instalada la estación terrena, se refiere al espacio físico donde se encuentra el equipo con el que transmite las señales de cable.
  • Lugar donde se distribuirá la señal por cable se debe especificar los lugares de cobertura, con los que cuenta autorización municipal para distribuir la señal de cable.
  • Presentar expediente con seis meses de anticipación (art. 6, segundo párrafo)

Persona Jurídica

Los siguientes puntos indican las instrucciones para llenar el Formulario de “Persona Jurídica”:

  • Denominación Social debe ser exactamente como aparece en la patente de Sociedad, emitida por el Registro Mercantil de Guatemala.
  • Nombre de Comercial debe ser exactamente como aparece en la patente de empresa emitida por el Registro Mercantil de Guatemala.
  • Lugar para recibir notificaciones es la dirección física donde se puede notificar a la persona interesada cualquier actuación dentro de su proceso.
  • Dirección del inmueble donde estará instalada la estación terrena, se refiere al espacio físico donde se encuentra el equipo con el que transmite las señales de cable.
  • Nombre del Representante Legal como indica el documento inscrito en el Registro Mercantil de Guatemala.
  • Lugar donde se distribuirá la señal por cable se debe especificar los lugares de cobertura, con los que cuenta autorización municipal para distribuir la señal de cable.
  • Presentar expediente con seis meses de anticipación (art. 6, segundo párrafo)